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🏠 Comunidad de Propietarios

Modelo de Registro de Actividades de Tratamiento

Conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR) - Art. 30 — Adaptado a Comunidades de Propietarios

0. Tipo de Entidad

Nota: Este documento está adaptado para Comunidades de Propietarios. El responsable del tratamiento es la propia comunidad, representada por su Presidente. El Administrador de Fincas actúa habitualmente como Encargado del Tratamiento (Art. 28 RGPD).

1. Datos del Responsable del Tratamiento

📧 Email al que se enviará el documento generado
Nota: En las Comunidades de Propietarios el NIF tiene formato H-XXXXXXXX. El Presidente actúa como representante legal del responsable del tratamiento. Si la comunidad no dispone de NIF propio, contacte con la AEAT para obtenerlo.

2. Delegado de Protección de Datos (DPO)

Nota para Comunidades: El nombramiento de DPO NO es obligatorio para comunidades de propietarios de tamaño estándar (menos de 250 personas). Solo sería necesario si la comunidad realiza tratamientos a gran escala de datos sensibles o monitoreo sistemático. Si no aplica, deje estos campos en blanco.

3. Actividad de Tratamiento: Videovigilancia

Importante: Para videovigilancia en comunidades, la base jurídica más habitual es el interés legítimo. Se recomienda aprobar la instalación del sistema en Junta de Propietarios y reflejarlo en el acta correspondiente.

4. Categorías de Datos e Interesados

5. Plazo de Conservación de las Imágenes

Normativa: Según la LOPDGDD (Art. 22), las imágenes deben suprimirse en el plazo máximo de 30 días desde su captación, salvo que deban conservarse para acreditar actos delictivos o incidentes de seguridad comunicados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

6. Destinatarios / Cesiones de Datos

7. Medidas Técnicas y Organizativas

8. Inventario de Cámaras y Zonas Vigiladas

Ubicación Tipo Cámara Audio Zonas Captadas
1
2
3
Recuerde: No se permite grabación de audio salvo casos excepcionales. Las cámaras NO deben captar vía pública excepto lo necesario para acceder al inmueble, ni viviendas, terrazas ni elementos privativos de propietarios.

9. Encargados del Tratamiento

Encargado 1 — Empresa instaladora / mantenimiento

Nombre de la empresa
CIF / NIF del encargado
Contrato de encargo firmado

Encargado 2 — Administrador de Fincas

Nombre del Administrador / Empresa
CIF / NIF del Administrador
Contrato de encargo firmado
Obligatorio: Si el Administrador de Fincas o cualquier empresa externa tiene acceso a las imágenes, debe existir un contrato de encargo de tratamiento conforme al Art. 28 RGPD.

10. Cartelería Informativa

Carteles informativos instalados
Ubicación de carteles
Obligación en comunidades: Deben colocarse carteles en todas las zonas comunes vigiladas, incluidos garaje y trasteros. El cartel debe indicar la existencia de videovigilancia, el responsable y cómo ejercer los derechos RGPD.

11. Firma y Actualización del Registro

Fecha de creación del registro *
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Última actualización
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Firma del responsable del tratamiento

Firma aquí

Sello del Administrador (opcional)

Clic o arrastra imagen del sello